Opinión

De salario, dietas y kilómetros. Opinión

De salario, dietas y kilómetros. Artículo de opinión
Un camionero conduciendo
De salario, dietas y kilómetros. Opinión

Una de las grandes polémicas que rodean el mundo del conductor asalariado, además de las cargas y descargas largamente discutidas y de las que algún día daré mi opinión, es la forma de remuneración por kilómetros, si son legales o no, si constituyen una evasión fiscal de las empresas y un largo etc.

Este es un tema muy debatido a nivel sindical y quiero dar una opinión ciñéndome a tres puntos de vista: el legal, el de la empresa y el del conductor asalariado.

Empecemos por lo legal: el pago por kilómetros es legal. Si. Como lo leéis. Completamente legal, lo que no es legal es que constituya una parte sustancial de la remuneración mensual, Lo que nos dice el reglamento es que no se puede remunerar en base a kilómetros si eso supone poner en peligro la seguridad, y por tanto eliminan esa forma de pago… pero nada impide al empresario pagar una prima, un plus, por kilómetros SIEMPRE QUE SE PAGUEN EL RESTO DE CONCEPTOS CONTENIDOS EN LOS CONVENIOS COLECTIVOS. Es decir, si en la nomina figuran conceptos recogidos en vuestro convenio: salario base, plus de productividad, nocturnidad, dietas… y además os añade un plus de kilómetros, entonces es completamente legal. Lo que no seria legal es que ese plus supusiera, por ejemplo, el 40 o el 50% de la remuneración total, y tendría que figurar como un concepto COTIZABLE.

¿Qué hacen en realidad las empresas?: eliminan las dietas de facto y las sustituyen por kilómetros. Esta práctica es en realidad un fraude, ya que los kilómetros como hemos dicho deberían figurar como un plus cotizable, y no como dietas. Lo que en realidad hacen los empresarios es sustituir un concepto del convenio colectivo, la dieta que no cotiza a Seguridad Social, por kilómetros. De esta manera lo que debería ser un costo fijo destinado a la manutención del conductor, se convierte en la práctica en la base de su salario. Es un delito, pero es un delito que es de muy difícil demostración. De hecho, pocos casos se plantean en los social y prácticamente ninguno se gana ¿por qué?. Fácil: las empresas, la mayoría, en realidad no buscan el ahorro con el pago por kilómetros, y cuando se hace un análisis de las nóminas en el sindicato se ve que la diferencia entre lo que cobrarían con dietas y con kilómetros es muy pequeña, incluso en algún caso esa diferencia era favorable al conductor. Y si esto es así ¿Por qué se hace?. Vamos a explicarlo.

Una empresa considera la dieta como un coste fijo que tiene que amortizar, cargue o no cargue, este parado o esté en movimiento. El conductor debe percibir una dieta diaria determinada en convenio, que además no es cotizable, ya que es para su manutención. Es decir, que consiste en un gasto que realiza el conductor y luego la empresa le reembolsa de forma tasada, aunque algunos convenios incluyen específicamente que dicha dieta debe ser abonada de forma anticipada. Lo que consiguen con el kilómetro no es ahorrar la dieta, es responsabilizar al conductor de percibir o no, descargar en él toda la presión y quitarla a sus operarios de tráfico o a ellos mismos cuando son pequeñas empresas: si quieres ganar lo suficiente para tu manutención, tendrás que andar y si es necesario hacer trampas con el tacógrafo, tirar de noche muerto de sueño, tendrás que hacerlo.

De ahí que muchos conductores se vuelvan locos cuando no les dan cargado o descargado, y reaccionan como si la empresa fuera de ellos cuando ese no debe ser su problema, y en muchos casos no hay que obligar, porque si no lo haces no te cubre el gasto. De hecho, cuando las empresas saben que hacen rutas más o menos sencillas, continuas, fijas, no pagan por kilómetro, sino a salario fijo, porque como son rutas fijas o continuas en esos casos ya saben sobradamente cómo amortizar ese gasto, y no les interesa el pago por kilómetro porque la empresa saldría perdiendo. Es decir, las empresas pagan o no kilómetros en función de su propio interés, pero jamás, nunca, en el del conductor, y esto debe tenerse muy claro.

El asalariado, como suele suceder, traga con todo. Algunos incluso ven en el kilómetro un “chollo”, sin darse cuenta que se condiciona a su capacidad de agotamiento, que no de trabajo. Pero lo principal para el asalariado es la pérdida de calidad que supone el pago por kilómetro o a sueldo cerrado: El conductor asalariado lo que debe mirar es su nómina, y comprobar siempre la cantidad por la cual cotiza, ese debe ser su interés. De nada valen nóminas de 3.000 euros si lo que está cotizando realmente son 1.200 euros. Porque esa base de cotización es la que determinara tu pensión en el futuro, tu prestación por desempleo o tu baja laboral en caso de enfermedad profesional o común. Un ejemplo: un asalariado que cause baja por enfermedad común, con una base de cotización de 1.400 euros, va a percibir 850 euros mensuales, si su base es de 1.800 euros, percibirá 1.200.

Es muy habitual que una vez que un asalariado termina de mala manera con su empresa aparezca por una sede sindical pidiendo denunciar a la empresa por impago de las dietas. El problema surge cuando se le dice “aquí pone que las has cobrado”, y efectivamente. Si miráis vuestras nominas tenéis en primer lugar los conceptos cotizables o salariales: salario base, pagas extras prorrateadas, pluses de productividad, nocturnidad, transporte… y luego os aparece un segundo capitulo donde figuran los no salariales o no cotizables, y ahí pone “dietas”.

Algunos consideran, ingenuamente, que se puede analizar el tacógrafo determinando día por día la dieta que corresponde. Esta labor, además de muy pesada, difícilmente suele ser admitida en los tribunales, y cuando sucede y se dicta sentencia es poco gravosa para la empresa que indica que la diferencia es por un error por parte de ella de análisis de las horas, ya que las dietas se pagan en función de la hora: desayuno, almuerzo y cena o pernocta. Incluso, en algún caso, porque así viene recogido en el convenio, se alega que el conductor duerme en el vehículo con lo que se puede reducir la dieta de pernocta. Lógicamente, la mayor parte de las empresas no te dan un papelito sellado y firmado diciéndote los kilómetros que has cobrado… Por tanto, la reclamación de dietas, es harto complicado, salvo en empresas que hacen la cosas muy mal, y ellas sí se organizan para hacerlas bien. Como en tantas otras cuestiones, el asalariado esta indefenso, careciendo de unidad sindical y con los Comités de Empresa en manos de los empresarios, no hay nada que hacer.

Lo malo para el asalariado es que al no tener claro el concepto de dieta, lo que puede gastarse cada día, no se alimenta. Hace muchos años un conductor percibía su dieta, pongamos 1.200 pesetas para el almuerzo, y de ahí gastaba 800 pesetas y ahorraba el resto. Eso lo que suponía era que los conductores desayunaban, almorzaban y cenaban. Se alimentaban. Descansaban adecuadamente. Hoy no pasa eso, y eso se traduce no en un bajo ingreso, sino en enfermedades y alta mortalidad.

Y esta, como tantas otras cuestiones, no las vamos a solucionar cada uno por nuestro lado.

Buena ruta a todos.

Un artículo de opinión de Fernando Guillén, enviado al correo electrónico: [email protected]   Si quieres que publiquemos tu opinión envía el tuyo al correo electrónico y lo publicaremos.

Foto: Archivo Diario de Transporte