Dispositivo de preseñalización de peligro V-16. Fernando J. Cascales

Los dispositivos V-16 conectados integran en su carcasa una tarjeta SIM que los comunica con la DGT 3.0, la plataforma que aglutina en tiempo real toda la información posible de lo que ocurre en la carretera

Los dispositivos V-16 conectados integran en su carcasa una tarjeta SIM que los comunica con la DGT 3.0, la plataforma que aglutina en tiempo real toda la información posible de lo que ocurre en la carretera
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Conforme a lo estipulado en el Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios de auxilio en las vías públicas (versión consolidada tras la modificación operada por el Real Decreto 1030/2022, Sentencia del TS de 4 de octubre de 2022, y Auto del TS de 24 de junio de 2021), a partir del 1 de enero de 2026 solo cumplirán la normativa los dispositivos luminosos que tengan conexión con la DGT mediante una tarjeta SIM.

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No obstante, y como así informa la DGT, siguen a la venta luces V-16 analógicas que no ofrecen la conexión con la DGT y que, dentro de unos meses, por tanto, no cumplirán los requisitos exigidos en el reglamento de circulación

Para evitar compras erróneas, y siguiendo las recomendaciones de la DGT, los conductores deben fijarse en la descripción del producto y asegurarse de que se indique la conexión con la plataforma DGT 3.0. Una forma rápida de comprobarlo es buscar la expresión IoT (internet de las cosas, por sus siglas en inglés), que señala de por sí que se trata de un producto con conexión. 

La forma más segura de garantizar la compra es buscar el número de referencia de las luces V-16 en la lista oficial de dispositivos conectados homologados por la DGT

Los dispositivos V-16 conectados integran en su carcasa una tarjeta SIM que los comunica con la DGT 3.0, la plataforma que aglutina en tiempo real toda la información posible de lo que ocurre en la carretera.

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Como así indica la DGT, Estas balizas envían un mensaje de activación (100 segundos después del encendido), señalan su posición cada 100 segundos y, por último, notifican la desactivación. La información es anónima. Los dispositivos deben garantizar una precisión inferior a cinco metros. Esos datos llegan a la DGT 3.0 y de ahí se redistribuyen para que los sistemas de navegación las ofrezcan a los conductores (por medio de Google Maps, Waze, TomTom, Coyote o similares) y la propia DGT informe en los paneles de la carretera. El destello en 360º ha de tener un alcance aproximado de un kilómetro de distancia, según exige la DGT, y deben ofrecer una intensidad de luz constante durante al menos 30 minutos. La pila del dispositivo tiene que garantizar una vida útil de 18 meses, y los fabricantes están obligados a ofrecer conectividad gratuita durante un mínimo de 12 años después de la venta.

Por lo que concierne a la utilización en otros países del dispositivo V.16 luminoso y conectado, de vehículos matriculados en España en circulación internacional, la Instrucción de la DGT MOV-25/01, prescribe que “Cualquier vehículo matriculado en España que se encuentre en situación de «»circulación internacional»» por otro país firmante del Convenio sobre la Circulación por carretera de 1949 o del Convenio sobre la Circulación Vial de 1968 estará cumpliendo la normativa portando, o si fuera necesario, utilizando el nuevo dispositivo de preseñalización de peligro V-16 luminoso y conectado sin necesidad estar dotado de los triángulos de preseñalización»».

Normativa

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Real Decreto 159/2021, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios de auxilio en las vías públicas.

(versión consolidada tras la modificación operada por el Real Decreto 1030/2022, Sentencia del TS de 4 de octubre de 2022, y Auto del TS de 24 de junio de 2021).

«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2021

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Disposición transitoria primera. Uso de la señal V-16 «Preseñalización de peligro», conforme al modelo previsto en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos antes de la entrada en vigor de este real decreto.

Hasta el 1 de enero de 2026 se podrán seguir utilizando como señal V-16, en los supuestos contemplados en el Reglamento General de Circulación, los dispositivos de preseñalización de peligro con las dimensiones, color, modo de colocación y características técnicas contempladas en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos, antes de la entrada en vigor de este real decreto.

Hasta el 1 de enero de 2026, también se podrán seguir utilizando como señal V-16, los dispositivos V-16 luminosos que cumplan con todas las características técnicas enumeradas en la sección V16 “Dispositivo de preseñalización de peligro»», del anexo XI “Señales en los vehículos»» del Reglamento General de Vehículos, a excepción de los puntos 4, 5 y 6 siempre que aquellos hubieran sido certificados con anterioridad a la publicación de este real decreto.

Autor: Fernando José Cascales Moreno. Asesoría Jurídica y Empresarial del Transporte. Abogado. Académico de la Real de Jurisprudencia y Legislación. Ex Director General de Ferrocarriles y Transportes por Carretera del Ministerio de Fomento, y del INTA-Ministerio de Defensa, Ex Presidente del Consejo Superior de Obras Públicas dependiente de los Ministerios de Fomento y de Medio Ambiente y de INSA/Ingeniería Servicios Espaciales, SA. Jefe del Servicio Central de Recursos del Ministerio de Transportes. Del Cuerpo Técnico de Inspección del Transporte Terrestre. Ex Inspector General de Servicios del Ministerio Transportes. Vocal Asesor del Ministerio de Fomento. Del Consejo Asesor de la AET y de la Sección Marítimo y Transportes del ICAM.

 Más artículos de opinión de Fernando J. Cascales Moreno. Prohibida su reproducción total o parcial sin citar la fuente original y sin el permiso expreso y por escrito del autor y del editor.

En este archivo se puede consultar la Utilización del dispositivo de preseñalización de peligro V-16 en circulación internacional.

 

 

 

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