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title: "El error de usar el tacógrafo como único control horario laboral. La opinión de Juan José Salamanca"
description: "El tacógrafo es una herramienta imprescindible para el transporte profesional, pero no es un sistema de registro laboral"
url: https://www.diariodetransporte.com/opinion/el-error-de-usar-el-tacografo-como-unico-control-horario-laboral-la-opinion-de-juan-jose-salamanca/
date: 2025-12-09
modified: 2026-03-29
author: "Juan José Salamanca"
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categories: ["Opinión"]
tags: ["conductores profesionales", "el tacógrafo", "La opinión de Juan José Salamanca", "Opinión y Debate", "registro de jornada", "transporte mercancías"]
type: post
lang: es
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# El error de usar el tacógrafo como único control horario laboral. La opinión de Juan José Salamanca

**Por qué el tacógrafo NO puede sustituir el control horario laboral de 2026**

Durante los últimos meses se ha intentado instalar la idea de que los nuevos tacógrafos inteligentes pueden servir como sistema principal **—o incluso único**— para cumplir el control horario laboral que será obligatorio en 2026.

Es un mensaje que suena cómodo y práctico, especialmente para las empresas del sector. **Pero es rotundamente falso.**

El tacógrafo es una herramienta imprescindible para el transporte profesional, pero no es un sistema de registro laboral y no puede transformarse en uno por arte de magia, por mucho que algunos actores insistan. **Su función es otra, su diseño es otro y su marco legal también es otro.**

A continuación se explican, de forma clara y sin rodeos, las razones por las que **el tacógrafo nunca** podrá sustituir la normativa de control horario laboral.

**1. El tacógrafo registra transporte; la ley exige registrar trabajo**

El tacógrafo —sea analógico, digital o inteligente de segunda generación— se diseñó para registrar actividades **estrictamente vinculadas al transporte:**

Conducción

Otros trabajos relacionados con el vehículo

Disponibilidad

Pausa/descanso

Pero la jornada laboral real de un conductor asalariado va mucho más allá del camión.

**Incluye:**

Tareas de almacén y preparación de cargas

Formación obligatoria

Reuniones, órdenes y gestiones administrativas

Desplazamientos entre centros o a clientes sin vehículo propio

Esperas por instrucciones de la empresa

Revisión de documentación y trámites

Carga y descarga en entornos sin acceso al tacógrafo

Nada de esto queda registrado por el tacógrafo.

Y si no se registra, no existe legalmente.

Por eso, usar el tacógrafo como registro laboral es directamente incompatible **con la realidad del trabajo diario de un conductor.**

**2. Los nuevos tacógrafos incluyen funciones laborales, pero nadie está formado para usarlas**

Es cierto que los tacógrafos inteligentes han añadido funciones **vinculadas a la legislación laboral.** Pero su manejo es complejo, su interfaz es poco intuitiva y sus menús no están pensados para el uso cotidiano por parte del conductor.

**La mayoría de asalariados:**

Solo conocen los cuatro pictogramas clásicos

No dominan las entradas adicionales

No saben corregir errores

No están familiarizados con la lógica laboral del dispositivo

No han recibido formación adecuada por parte de las empresas

Esta falta de formación no es casual.

Quien sale beneficiado de los registros mal hechos no es el conductor, sino la empresa.

Si un tiempo aparece como “disponibilidad” en vez de “otros trabajos”, el conductor pierde horas laborales que deberían computar y pagarse.

Usar un sistema que la mayoría de trabajadores no sabe manejar no garantiza control horario, **sino indefensión laboral.**

**3. El tacógrafo no cumple ni uno solo de los requisitos legales de la normativa de 2026**

**La normativa española de 2026 exige que el registro horario sea**:

Completo: debe abarcar toda la jornada laboral, esté o no el trabajador en el vehículo.

Accesible: Inspección debe poder consultarlo de forma inmediata.

Trazable: debe conservarse durante 4 años.

Validable: el trabajador debe firmar sus registros.

Desagregado: debe distinguir horas ordinarias, extraordinarias, complementarias, pausas y presencia.

Centralizado en la empresa.

Verificable y automatizado, sin depender de la memoria del trabajador ni de interpretaciones.

**El tacógrafo:**

No permite firma del trabajador

No es accesible en tiempo real

Solo almacena 56 días

No distingue con precisión los conceptos laborales

No recoge el trabajo fuera del camión

No está centralizado en la empresa

No genera informes válidos para Inspección de Trabajo

Por tanto, no puede ni podrá cumplir la normativa, por muy avanzada que sea su tecnología.

**4. El tacógrafo puede complementar, pero jamás sustituir un control laboral fiable**

El tacógrafo seguirá siendo una herramienta fundamental para el transporte: controla la seguridad vial, los tiempos de conducción y las pausas obligatorias. **Nada más y nada menos.**

**Pero intentar convertirlo en un registro laboral completo sería:**

Adulterar su propósito, desnaturalizar la legislación laboral, y dejar **desprotegidos a miles de conductores.** Un registro laboral debe ser claro, verificable y comprensible.

**El tacógrafo, en cambio, requiere:**

interpretar actividades,

entender pictogramas,

gestionar manualmente entradas,

corregir errores,

y confiar en que la empresa no manipule o reinterpretе los datos.

Esto no es control horario.

Es una fuente continua de conflictos laborales.

**Conclusión: el tacógrafo nunca podrá sustituir el registro laboral de 202**6

Ni ahora ni en el futuro. El tacógrafo es un dispositivo de transporte; la normativa de 2026 exige un sistema de control laboral. Son dos mundos distintos con objetivos distintos.

Quien defiende lo contrario no lo hace por motivos técnicos ni jurídicos. Lo hace porque un tacógrafo** mal interpretado genera más flexibilidad…** y esa flexibilidad siempre se cobra a costa del conductor.

La nueva normativa busca transparencia, seguridad **jurídica y protección laboral.** El tacógrafo, por definición, no puede ofrecer ninguna de esas garantías.

Pretender sustituir un sistema laboral por un dispositivo diseñado **para controlar la conducción** no es simplificar el trabajo: es desproteger al trabajador.

(https://www.diariodetransporte.com/?s=Juan+Jos%C3%A9+Salamanca)

 
