Opinión

La jornada laboral. Opinión de José Vicente Busta Cofiño

La empresa elaborará con el fin de dar a conocer horarios, días festivos, vacaciones, domingos y demás, elaborará el calendario laboral
Foto de archivo
Foto de archivo
La jornada laboral. Opinión de José Vicente Busta Cofiño

Esa gran desconocida, para obreros móviles la legislación habla clara y ampliamente sobre su duración y características, habla de 48 horas semanales. 

Habla también de un descanso mínimo de diez horas entre la jornada a finalizar y el inicio de la siguiente jornada asi como la duración máxima total de la jornada marcada en doce horas incluidas, en su caso, las horas extraordinarias. 

Habla para el cómputo de jornada de la distinción entre tiempo de trabajo efectivo y tiempo de presencia, refiriéndose a tiempo efectivo de trabajo todo aquel en el que el obrero se encuentre a disposición del empresario y en el ejercicio de su actividad, realizando las funciones propias de la conducción del vehículo o medio de transporte u otros trabajos durante el tiempo de circulación del mismo, así como trabajos auxiliares que se efectúen en relación con el vehículo o medio de transporte, sus pasajeros o su carga, como puede ser perfectamente la vigilancia de la misma y, o del propio vehículo. 

Para los tiempos de presencia se considerarán estos cuando el trabajador se encuentre a disposición del empresario sin prestar trabajo efectivo, esperas, expectativas, averías, comidas en ruta u otras similares, así reza en el estatuto de los trabajadores que comprende la jornada laboral, desarrollar más la jornada nos deberíamos ir a cada convenio laboral afín, bien sea provincial, autonómico y, o de empresa, a sabiendas que estos siempre deberán mejorar las condiciones laborales del trabajador con respecto al estatuto del trabajador.

La empresa elaborará con el fin de dar a conocer horarios, días festivos, vacaciones, domingos y demás, elaborará el calendario laboral, así entre otras reseñas cumplirá con los dos meses mínimos de antelación para que el obrero conozca los días a disfrutar de las vacaciones correspondientes al derecho de la empresa a ponerles fecha, las vacaciones del obrero no son para que la empresa disponga según sus necesidades productivas.

No son los obreros quienes deben adaptar sus vacaciones a las necesidades de la empresa, de ahí la necesidad de dar a conocer a principios de año el calendario laboral, donde vendrá también reflejado el horario y la duración de la jornada laboral, exponiéndose un ejemplar del mismo en un lugar visible para el obrero. 

Estos pequeños pero no por ello menos importantes detalles hacen que una empresa sea responsable para con los derechos de sus trabajadores, pudiendo estos disfrutar de su tiempo libre a su antojo, conciliando, siempre mejorablemente, la conciliación laboral familiar así como social, alejándose así de esas cadenas esclavizadoras que con tanto empeño colocan esos aprendices a patrones con ínfulas dictatoriales. 

Defender y mejorar nuestros derechos son el mejor aval para devolver la dignidad necesaria al oficio de obrero en el transporte para hacerlo atractivo al ya tan anhelado y necesario relevo generacional, alejando así el ya instaurado fantasma de la esclavitud en el sector.

Desde  #CNTTTransportesLaFelguera.com  así como desde el S.O.V CNT La Felguera hacemos hincapié en la necesidad de hacer respetar nuestros derechos defendiéndolos y siempre en la idea de mejorarlos. 

Nosotros, como obreros, somos el pilar imprescindible de toda empresa, hagámoslo saber para demostrar que no se nos puede tratar como un tornillo más, sin garantía, del camión. ¡¡SALUD!!.

Más artículos de opinión de José Vicente Busta Cofiño Prohibida su reproducción parcial o total sin el permiso expreso y por escrito del autor o el editor

Comentarios