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title: "¡Otros trabajos!. Opinión de Juan Novoa"
description: "Autor: Juan Novoa en Foro Comités Empresas Transporte¿Qué son otros trabajos?No hace falta tener una carrera para saberlo , la misma palabra lo dice yo nunca pude entender por qué crea tantas..."
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date: 2020-08-31
modified: 2025-08-12
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
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categories: ["Opinión"]
tags: ["Carga y descarga.", "Colaboradores", "conducción y descanso", "conductor", "disponibilidad", "Empresa", "Empresario", "Especiales", "General", "martillos", "Ministerios y Leyes", "Nacional", "obligaciones", "Opinión y Debate", "otros trabajos", "Portada", "Sociedad", "tiempo de trabajo", "Transporte por carretera"]
type: post
lang: es
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# ¡Otros trabajos!. Opinión de Juan Novoa

**Autor**: Juan Novoa en (https://www.facebook.com/groups/1733127780323584/)

**¿Qué son otros trabajos?**

No hace falta tener una carrera para saberlo , la misma palabra lo dice yo nunca pude entender por qué crea tantas dudas.

**¿Qué dice la ley?**

Esto es lo que dice el famoso 561/2006 que tanto echan mano de el los empresarios , una vez ve más reconoce que hay una ley superior que regula nuestro trabajo.

**pues dice lo siguiente:**

**“Otro trabajo»»**, definido como cualquier actividad que no sea conducir, según la definición del artículo 3, letra a),** de la Directiva 2002/15/ CE del Parlamento Europeo y del Consejo,** de 11 de marzo de 2002, relativa a la ordenación del tiempo de trabajo de las personas que realizan actividades móviles de transporte por carretera (*), así como todo trabajo para el mismo o para otro empresario del sector del transporte o de otro sector, y que tendrá que registrarse **con el signo de los martillos.**

Una vez que el mismo 561/2006 reconoce que nos regula el 2002/15 **vamos a ver qué dice sobre lo que son otros trabajos y dice lo siguiente:**

**«Tiempo de trabajo»:**

**En el caso de los trabajadores móviles:** todo período comprendido entre el inicio y el final del trabajo, durante el cual el trabajador móvil está en su lugar de trabajo, a disposición del empresario y en el ejercicio de sus funciones y actividades, esto es:

El tiempo dedicado a todas las actividades de transporte por carretera.** Estas actividades incluyen, en particular:**

**La conducción, la carga y la descarga, la asistencia a los pasajeros en la subida y bajada del vehículo**, la limpieza y el mantenimiento técnico,todas las demás tareas cuyo objeto sea garantizar la seguridad del vehículo, de la carga y de los pasajeros o cumplir** las obligaciones legales o reglamentarias directamente vinculadas** a una operación de transporte específica que se esté llevando a cabo, incluidos el control de la carga y descarga, los trámites administrativos de policía,** aduanas, funcionarios de inmigración, etc.**

**Los períodos durante los cuales el trabajador móvil** no puede disponer libremente de su tiempo y tiene que permanecer en su lugar de trabajo, dispuesto a realizar su trabajo normal, realizando determinadas tareas relacionadas con el servicio,** en particular:**

Los períodos** de espera de carga y descarga,** cuando no se conoce de antemano su duración previsible.

**Como ya dije no hace falta tener una carrera**, es verdad que estos pisa moquetas bien pagados que redactan las leyes se podrían ahorrar tinta y ponerlo mas claro es todo el tiempo que no sea conducción y que estés trabajando.

**Punto pelota, a buenos entendedores…**

(/?s=juan+novoa&submit=Buscar...)

Foto: Archivo Diario de Transporte

 

 
