Peajes, viñetas o impuesto. La opinión de Fernando Guillén

Uds deciden. Ayer nos despertamos con la noticia de que la Comisión Europea expedienta a España y otros 15 países por no incorporar los peajes en las autovías

Uds deciden. Ayer nos despertamos con la noticia de que la Comisión Europea expedienta a España y otros 15 países por no incorporar los peajes en las autovías
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Uds deciden. Ayer nos despertamos con la noticia de que la Comisión Europea abre expediente a España, y a otros 15 países: https://www.diariodetransporte.com/articulo/general/comision-europea-expedienta-espana-incorporar-peajes-autovias/20240524195949092913.html

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El motivo es que no han transpuesto a la legislación nacional la directiva europea modificada en 2022 y que se aprobó en 1999, en concreto hablamos de la Directiva 1999/62/CE y de su modificación 2022/362/CE que podéis leer aquí: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2022-80351

Esta directiva obliga a implantar, como mínimo, un impuesto por emisiones de CO2 a los vehículos de transporte pesados, los camiones. Además, abrió la puerta a la implantación de viñetas, peajes o tasas por la utilización de vías de alta capacidad a turismos y vehículos de transporte de menos de 12 toneladas en la red de cada Estado, algo que ya cada Estado podía realizar, y en la Red Transeuropea, donde la legislación confiere esa capacidad también a Europa.

En la Directiva de 1999, se detallaban una serie de impuestos, artículo 3 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-1999-81442 que aquí os transcribo.

«1. Los impuestos sobre vehículos contemplados en el artículo 1 son los siguientes:

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– Bélgica:

impuesto de circulación sobre vehículos de motor/impuesto sobre el tráfico de vehículos de motor;

– Dinamarca:

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impuesto sobre el peso de los vehículos de motor, etc.;

– Alemania:

impuesto sobre vehículos;

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– Grecia:

impuesto de circulación

– España:

a) impuesto sobre vehículos de tracción mecánica,

b) impuesto sobre actividades económicas (únicamente en lo que se refiere al importe de las exacciones percibidas sobre los vehículos de motor);

– Francia:

a) impuesto especial sobre determinados vehículos de carretera,

b) impuesto diferencial sobre vehículos automotores;

– Irlanda:

impuesto especial sobre vehículos;

– Italia:

a) impuesto sobre automóviles,

b) recargo del 5% sobre el impuesto sobre vehículos;

– Luxemburgo:

impuesto sobre vehículos de motor;

– Países Bajos:

impuesto sobre vehículos de motor;

-Austria:

impuesto sobre vehículos;

-Portugal:

a) impuesto al transporte por carretera,

b) impuesto de circulación;

– Finlandia:

vehículo real verd/egentlig fordonsskatt;

– Suecia:

impuesto sobre vehículos;

– Reino Unido:

a) impuesto especial sobre vehículos,

b) licencia de vehículos de motor.»

Pero la modificación de la directiva de 2022 obligó a los Estados a apurar más este tema, tenían que, o bien establecer peajes y tasas por la utilización de las infraestructuras, o bien establecer un impuesto de descarbonización a los vehículos, y estos 15 Estados, incluida España, no han transpuesto a sus legislaciones esta directiva creando este impuesto o bien estableciendo las tasas y peajes correspondientes para la compensación de esa descarbonización, siempre ligados a las emisiones de CO2.

Hasta este momento, los países miembros que habían establecido peajes, tasas o viñeta, para todos los vehículos o parte de ellos en sus vías principales de circulación, eran: Alemania, Francia, Italia, Reino Unido, Países Bajos, Luxemburgo, Dinamarca, Suecia, Finlandia, Lituania, Rumania, Bulgaria, Hungría, Austria, Polonia, Portugal, Bélgica, Chequia, Eslovenia, Eslovaquia, Estonia, Letonia, Croacia. Todos estos países establecieron en su momento diferentes sistemas: unos solo lo aplican a vehículos pesados de más de 12 toneladas, mediante el pago de una Viñeta diaria (caso de Países Bajos, Luxemburgo o Dinamarca), otros establecieron un sistema de pago por kilometro para vehiculos de mas de 12 Tn (Alemania, Bélgica por ejemplo), ,otros establecieron peajes (Francia, Italia), otros un sistema de viñetas para vehículos ligeros y otro de peajes o pago de distancia (Austria, Eslovenia), otros una tasa por dia (Reino Unido), otros un sistema mixto de peajes y distancia (Portugal).

Vamos, que en lo que nos atañe al transporte de mercancías por carretera, se pagaba en todos los países. Bueno, en todos excepto en dos. Si: España e Irlanda.

El caso español se salvaba porque disponía de vías de peaje, que han sido eliminadas al ir venciendo sus concesiones. El Irlandés se justificaba en que se pagaba un impuesto específico y se le cargaba solamente a los nacionales. Además, la aplicación de esas tasas o peajes era voluntaria.

Pero la modificación del 2022 lo ha cambiado, y ahora sí es obligado que se cobre una tasa, peaje, impuesto, como quieran llamarlo, por las emisiones de CO2, y claro, esto en la práctica supone la imposición de medidas de cobro en las carreteras de alta capacidad, como poco, o bien la creación de un impuesto que tendremos que sufragar todos los ciudadanos.

Muchos anunciamos desde hace tiempo que la situación española era inviable en el contexto europeo, que cualquier vehículo de mas de 12 toneladas que subia a Europa estaría sometido a diferentes gravamenes, y sin embargo no sucede lo mismo con los que entraban en nuestro espacio territorial y esto no era lógico, ni justo.

Por tanto, el gobierno tendrá que enfrentarse ahora a una disyuntiva que todos los gobiernos de diferente signo han querido evitar porque no es popular: o se imponen peajes, o se imponen viñetas o se impone un pago por kilómetro a los usuarios de las vías de alta capacidad que se determinen, no tiene porque ser a todas, o bien se crea una tasa impositiva que nos carguen a todos. Los actuales impuestos no tienen como destino las vías de alta capacidad. El impuesto de circulación tiene carácter municipal y está destinado al mantenimiento de vías locales y provinciales, no a la Red Estatal ni a la Red Autonómica que se financian vía presupuestos generales, bien del Estado o bien de la Autonomía de turno. Quizá por ese motivo nos estamos encontrando con que están en mejor estado las vías provinciales que las vías estatales.

En mi opinión, se debe imponer un tasa por uso de carácter anual a los vehículos de menos de 12 toneladas, incluyendo los ligeros, y un pago por kilómetro recorrido similar al sistema alemán a los vehículos de mayor tonelaje, legislando que todo lo recaudado se destine a mantenimiento y mejora de las vias asi como a la creación de unas necesarias infraestructuras de las que carecemos: Áreas de Descanso y Áreas de Servicio en toda la red que hagan innecesario, por ejemplo, controles en medio de la vía al carecer estas de lugares adecuados para apartar el tráfico.

El caso es que lo que era inevitable, ha llegado.

Un saludo a todos, y ¡¡Buena ruta!!.

Más artículos de Fernando Guillén. Prohibida su reproducción total o parcial sin citar la fuente original y el autor, sin la autorización expresa y por escrito del autor o el editor.

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