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title: "¿Y si me despiden? Opinión de Fernando Guillén"
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date: 2021-02-22
modified: 2025-08-12
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
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categories: ["Opinión"]
tags: ["actualidad transporte", "Colaboradores", "Defensa", "Demanda", "Despido.", "Empresa", "Especiales", "Fernando Guillén", "General", "Indemnización", "Nacional", "Opinión y Debate", "Portada", "readmitir", "Recurso", "Sociedad", "Transporte por carretera"]
type: post
lang: es
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# ¿Y si me despiden? Opinión de Fernando Guillén

Queridos compañeros. Otro de los principales motivos, quizá el mas importante, **por el que tenemos consultas en un sindicato es cuando se produce el despido.** En esto nos parecemos mucho a Dios y la Iglesia, **nadie quiere saber nada de ellos hasta que se ven con el agua al cuello,** y aquí sucede exactamente lo mismo.

Normalmente, se acude al sindicato cuando ya el daño esta realizado y en plan desesperado,** se quedan escandalizados cuando les anunciamos que les defendemo**s,pero que tendrán que pagar la asesoría y el abogado, aunque a precios muy reducidos, y es normal que sea así, porque **en caso contrario estaríamos abusando de personas afiliadas que pagan sus cuotas** todos los meses para luego beneficiarse unos cuantos que no han pagado un céntimo.** No sería justo.**

Los despidos pueden tener varias justificaciones por parte del empresario,** desde el fin de contrato hasta el resultado de un expediente disciplinario,** habitualmente el empresario intentara buscar **una excusa que permita un despido procedente,** porque disminuye mucho la indemnización a pagar,e incluso puede suceder que no exista** dicha indemnización.**

Lo primero que se nos tiene que entregar es un carta de despido. **En esa carta nos describirán los hechos por los que nos despiden,** y la fecha debe ser la misma en que nos la entregan, y esto es muy importante,porque esa fecha fija los plazos para su impugnación**. Podemos firmarla sin problema alguno**, ya que simplemente con ello manifestamos el recibi de la carta, pero nada mas,** no decimos que estemos conformes.** En el mismo acto nos deben entregar nuestra liquidación o finiquito, y ahí si, o no firmamos, o firmamos **dejando claro el no conforme.** Esto es importante, porque en caso de firmar sin objeciones estamos reconociendo que **hemos sido liquidados correctamente** y no nos adeudan nada.

Si estamos ante un despido procedente, **lo normal es una indemnización de 20 días por año,** si es improcedente,** será de 33 días por año**. En caso de un despido disciplinario, puede no dar lugar a indemnización, de ahí la importancia de estar afiliado y comunicar** al sindicato la apertura de un expediente disciplinario** para poder recurrirlo en tiempo y forma.

**En caso de que recurramos el despido,** lo haremos buscando dos vías, bien la declaración de improcedente, o bien la declaración de despido nulo, dependiendo de las circunstancias. Para aspirar a un despido nulo necesitamos demostrar que se han violado derechos fundamentales del trabajador, por ejemplo, **que te despiden después de conocer la empresa que te presentas** a una lista de delegados sindicales, o porque has ejercido tu derecho** de pedir reducción de jornada para cuidado de hijos**. Son casos tasados muy concretos. En el despido nulo el empresario no tiene opción:** tiene que readmitir al trabajador**, tiene que pagarle todos los salarios que ha dejado de percibir desde la fecha en que fue despedido y además tiene que pagar una indemnización que fijara el juez.

**En el despido improcedente será el empresario quien decida si indemnizar o readmitir.**

**Algunas cosas que tenéis que tener en cuenta:** nunca desobedecer órdenes de la empresa salvo que sean una violación clara de derechos laborales o **un abuso grave por parte del empresario,** y os repito lo que os dije en el último artículo: negarse a cargar y descargar los jueces consideran que ocasiona** un quebranto grave a la empresa** y no es especialmente grave para el trabajador, y pueden justificar el despido.

Otra cosa que tenéis que saber es que discutir es perder el tiempo. **Una vez que la empresa decide despedir**, va hacerlo y la discusión no sirve de nada, al revés, pude convertirse en un argumento a favor del empresario **si las cosas se salen de madre.**

Las empresas, aunque firméis el finiquito como no conforme, suelen abonarlo igualmente**, porque saben sobradamente** que no hacerlo jugara en su contra en un juicio. No tengáis miedo en ese sentido.

**Olvidaros de los compañeros**: os van a vender. Y no os extrañéis de que comparezcan en el juicio como testigos favorables a la empresa.** Y mas en nuestro sector,** el del ¡transporte de mercancías. Os aseguro que he visto a compañeros ponerse pálidos cuando ven a aquellos que consideraban aliados declarar **ante el juez que ellos habían hecho esto o lo otro,** no siendo cierto. Los compañeros, salvo casos excepcionales, os venderán,** por mucho que os digan que teneis un par de huevos** y que haceis las cosas bien, eso lo dicen en el bar, pero de ahí no pasan, como norma general.

No tengáis miedo. Nunca. **No permitáis que os amedranten**. Las empresas juegan con vuestro miedo, pero cuando ven que estáis defendidos¡, entonces ya se ponen en un plan mas modesto y buscan acuerdos extrajudiciales. Otro motivo para estar afiliado.** Si saben que os podéis defender, q**ue estáis asesorados, las cosas las suelen hacer de otra manera.

En fin. Espero que os sea útil. **¡Buena ruta a todos!**

Autor: (/tag/fernando-guillen/), **Prohibida su reproducción total o parcial sin la autorización expresa y por escrito del autor o el editor.**

Foto: Archivo

 
