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title: "Transportes abre el plazo para solicitar las ayudas directas por locomotora al ferrocarril"
description: "Esta normativa establece un sistema de ayudas directas a las empresas ferroviarias afectadas por la subida del precio del gasóleo"
url: https://www.diariodetransporte.com/otros-transportes/ferrocarril/transportes-abre-el-plazo-para-solicitar-las-ayudas-directas-por-locomotora-al-ferrocarril/
date: 2026-05-15
modified: 2026-05-14
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
image: https://www.diariodetransporte.com/wp-content/uploads/2026/05/LOCOMOTORAAYUDAS.jpg
categories: ["Ferrocarril"]
tags: ["Ayudas", "Empresas", "locomotora", "Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible", "precio del gasóleo"]
type: post
lang: es
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# Transportes abre el plazo para solicitar las ayudas directas por locomotora al ferrocarril

El **Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible** abre el plazo para solicitar ayudas directas a las empresas que prestan servicios de **transporte por ferrocarril** y/o por carretera, para paliar los efectos del conflicto bélico en Oriente Próximo. Las ayudas, por un importe de **15.000 euros por locomotora** de tracción diésel, permitirán compensar el sobrecoste derivado del aumento de los precios de los productos petrolíferos. El importe total destinado al sector ferroviario asciende a 3,15 millones de euros.

La inclusión del** sector ferroviario** forma parte del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio a través del (https://www.diariodetransporte.com/opinion/rd-ley-9-2026-de-14-de-abril-de-medidas-urgentes-en-materia-de-transporte-fernando-j-cascales/) de 14 de abril, de medidas urgentes en materia de transporte, por el que el Gobierno amplió las medidas ya establecidas en el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo.

Esta normativa establece un sistema de ayudas directas a las empresas ferroviarias afectadas **por la subida del precio del gasóleo,** fijándose una cuantía de 15.000 euros por locomotora con tracción diésel.

Transportes abre el plazo para solicitar estas ayudas,** que podrán presentarse** a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través de los formularios que se encuentran disponibles en la misma.

**Transporte esencial**

El ferrocarril es un modo de transporte esencial para avanzar en la sostenibilidad, la eficiencia energética y la lucha contra el cambio climático. Sin embargo, el incremento de los costes operativos, especialmente por el encarecimiento de** los carburantes derivado del conflicto en Oriente Próximo,** está afectando significativamente al transporte ferroviario de mercancías, poniendo en riesgo su competitividad y los objetivos de cambio modal.

Para mitigar este impacto, las ayudas aprobadas y **cuya solicitud se puede presentar desde ayer,** permitirán compensar el sobrecoste derivado del aumento de los precios de los productos petrolíferos.

**Marco temporal**

El pasado 29 de abril la Comisión Europea aprobó un marco temporal de ayudas en respuesta a la crisis en Oriente Próximo. Este marco permite a los Estados miembros otorgar subvenciones acogiéndose a un régimen de **ayudas de estado adicional a los regímenes** ya establecidos en materia de ayudas de Estado (Reglamento de minimis general y Reglamentos de Exención por Categorías).

De esta manera, el nuevo marco establecido permite a los Estados que las ayudas que se concedan a las **empresas que prestan servicios de transporte por ferrocarril** y/o por carretera, para paliar los efectos del conflicto bélico en Oriente Próximo,** cumplan alguno de los límites siguientes:**

.-Que la ayuda **cubra hasta el 70 %** de los costes extraordinarios de los combustibles, calculado respecto a un precio de referencia histórico aplicable, determinado por el Estado miembro, sobre la base de hipótesis razonables e índices reconocidos.

**.- Que el importe** nominal total de la ayuda concedida no supere los 50.000 euros.

Es necesario que** la Comisión Europea a**dopte una decisión tras la notificación por parte de los Estados miembros de las medidas adoptadas y su adaptación al régimen del nuevo marco temporal establecido. España ya ha realizado dicha notificación y se está a la espera de la decisión de la Comisión. En todo caso, las ayudas concedidas deberán adaptarse a lo que finalmente** establezca la Comisión** en relación con la aplicación de este marco temporal.
