AESVI pide el cumplimiento de la normativa sobre el transporte escolar, mientras se define el Reglamento UN ECE R170

Campaña de vigilancia y control del transporte escolar de la Dirección General de Tráfico: el  45,1% de los vehículos controlados han sido sancionados por incumplir alguno o varios de los  puntos de la ley

Campaña de vigilancia y control del transporte escolar de la Dirección General de Tráfico: el  45,1% de los vehículos controlados han sido sancionados por incumplir alguno o varios de los  puntos de la ley

Hace pocas semanas, la Dirección General de Tráfico (DGT) llevó a cabo  una nueva campaña de vigilancia y control de vehículos dedicados al transporte escolar y de menores,  con el fin de comprobar si se está cumpliendo la normativa sobre este tipo de vehículos.

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Durante los 5  días que duró la campaña (del 24 al 28 de enero), los agentes de Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil  controlaron 3190 vehículos y sancionaron a 1441. Un año más, y como es habitual, los resultados de esta  campaña de vigilancia son negativos, ya que el 45,1% de los vehículos controlados han sido sancionados  por incumplir alguno o varios de los puntos de la ley. 

En resumen, según los datos publicados por la DGT, el 54% de las denuncias corresponden a  irregularidades administrativas como no disponer la autorización especial para realizar transporte escolar  o carecer del seguro de responsabilidad civil ilimitada obligatorio por ley, entre otras infracciones. Por lo  que respecta al uso de los cinturones de seguridad, los resultados de la campaña señalan que en 11 de los  vehículos que contaban con estos dispositivos de seguridad, no se hacía uso de ellos a causa de anomalías  en su funcionamiento, lo que supone un grave riesgo para la seguridad de los menores que viajan en estos  vehículos.  

Los resultados de esta campaña demuestran, una vez más, el grave incumplimiento de la normativa sobre  el transporte escolar. La ley indica claramente que «los menores de más de 3 años y de menos de 135 cm  deberán viajar en el autobús obligatoriamente con un sistema de retención infantil homologado y si no se  dispone de él, se emplearán los cinturones de seguridad siempre que sean adecuados a su estatura y peso». 

Desde la Alianza Española para la Seguridad Vial infantil, AESVi, único foro en España compuesto por  expertos nacionales e internacionales en seguridad vial infantil, queremos insistir una vez más a las  autoridades competentes en la necesidad de que la norma se cumpla estrictamente, aunque insistimos  también en la evidente insuficiencia de esta normativa. 

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Mikel Garrido, miembro de AESVi, explica que “los sistemas de retención infantil son el mejor seguro de  vida para los menores cuando viajan en automóvil, por eso su uso es obligatorio hasta que los pequeños  alcanzan los 135 cm de altura y recomendable hasta los 150 cm». Y aclara que “esto no debe ser válido exclusivamente en los turismos particulares, sino que debe ser aplicable a todos los vehículos en los que  viajen niños y, muy especialmente, a aquellos destinados específicamente al transporte escolar y de  menores, de ahí la importancia de unificar una norma que garantice y equipare la seguridad de los  menores en el transporte escolar al mismo nivel que en los vehículos turismos particulares».  

A este respecto, AESVi sigue activamente el desarrollo de la normativa que está realizando el Grupo de Trabajo de seguridad pasiva (GRSP) de la ONU dentro del STCBC (Safer Transport of Children in Buses and  Coaches).

Este grupo está desarrollando la normativa UN ECE R170 en dos fases. La primera fase es la relativa a los requisitos que ha de cumplir elsistema de retención infantil para poder instalarse en aquellos  autobuses y autocares que llevan instalados sistemas de anclaje isofix o cinturones de seguridad de tres  puntos de anclaje. El reglamento ya está implementado y en vigor para estos casos, por lo tanto, las sillas  de auto R129 pueden ser instaladas en estos vehículos con total garantía de seguridad para los menores.  

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Actualmente, el GRSP está trabajando en la segunda fase de la norma para regular la protección infantil  en los autobuses que solo cuentan con cinturones de seguridad de dos puntos (el 90% de la flota europea), ya que estos dispositivos no son adecuados para proteger los cuerpos infantiles y las sillas de coche  actuales no son compatibles con ellos.

Ya está terminada la definición de esta Fase 2 del reglamento para  autobuses y autocares escolares y se está ultimando la redacción del documento informal que se  presentará en la reunión del próximo mes mayo para, en diciembre de este mismo año 2025, presentar  el documento formal.

Está previsto que antes del año 2029 se haya definido un buen sistema de retención  infantil en autocares con cinturones de dos puntos que evite la eyección del niño de su asiento en caso  de accidente. Y a partir de 2029, el objetivo del grupo de trabajo es tener desarrollado un sistema de  retención infantil para los autobuses y autocares que proporcione el mismo nivel de seguridad a los  menores que los sistemas de retención de los coches. 

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