CCOO y UGT junto a CONFEBUS firman la solicitud de aplicación de los coeficientes reductores para los conductores del transporte de viajeros por carretera

Los sindicatos CCOO y UGT junto a CONFEBUS han firmado la solicitud de aplicación de los coeficientes reductores para los conductores profesionales del transporte de viajeros por carretera

Los sindicatos CCOO y UGT junto a CONFEBUS han firmado la solicitud de aplicación de los coeficientes reductores para los conductores profesionales del transporte de viajeros por carretera

En un comunicado emitido por el sindicato CCOO, informa que hoy se ha firmado por parte de este sindicato junto con UGT y la patronal CONFEBUS, la solicittud de la aplicación de los coeficientes reductores para los conductores profesionales del transpote de viajeros por carretera.

El comunicado: 

«Informaros que en el día de hoy, 10 de octubre de 2025, se ha firmado conjuntamente la solicitud para la aplicación de coeficientes reductores a la edad de jubilación para la ocupación de conductor/a en todo el sector de transporte de viajeros por carretera.

Esta solicitud ha sido firmada por las organizaciones sindicales más representativas (CCOO y UGT) y la organización empresarial más representativa del sector de viajeros y urbanos (CONFEBUS)

Una vez firmada, la solicitud será presentada ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, tal y como establece el RD 402/2025.

No obstante, queremos alertar que la tramitación de la solicitud por parte de la Seguridad Social no comenzará hasta que se cree la Comisión de Evaluación, y el plazo marcado hasta el 28 de septiembre de 2025 ya se ha incumplido.

La Disposición final tercera del real decreto establece que este entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y tendrá efectos, en cuanto al procedimiento regulado, el mismo día en que entre en vigor la orden ministerial conjunta por la que se cree la Comisión de Evaluación prevista en el artículo 206 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y en la disposición adicional segunda de este real decreto.

Recordamos que el procedimiento para la determinación de los coeficientes es un procedimiento administrativo y no un proceso negociador, salvo en lo que respecta a la firma del texto de la solicitud conjunta. Los sindicatos no negociamos la cuantía del coeficiente ni la cotización adicional; esto lo fijará el Gobierno en un Real Decreto si estima la solicitud en función de los datos de IT, mortalidad y morbilidad de cada ocupación.

Desde el Sector Estatal de Carretera y Logística de CCOO exigimos al Gobierno que cumpla sus propias leyes y proceda a crear en los próximos días la Comisión de Evaluación necesaria para comenzar a tramitar la solicitud. No consentiremos una discriminación de trato respecto a otras profesiones; de lo contrario, plantearemos MOVILIZACIONES. ¡¡COEFICIENTES REDUCTORES YA!!».

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