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title: "Bruselas pide a 6 Estados miembros que mejoren los controles técnicos de los camiones"
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date: 2018-01-29
modified: 2025-08-11
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
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categories: ["Portada"]
tags: ["Actualidad", "Bruselas", "Comisión", "Directiva", "Europea", "General", "Internacional", "Portada", "Reportajes", "Sector", "seguridad", "Transporte por carretera", "Transporte."]
type: post
lang: es
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# Bruselas pide a 6 Estados miembros que mejoren los controles técnicos de los camiones

@Camioneroleones.- **La Comisión Europea** convocó la semana pasada a seis de los Estados miembros de la U.E. **República Checa, Eslovaquia, Irlanda, Chipre, Rumanía y Alemania,** para pedirles que mejoraran la inspección técnica de sus sus camiones y semirremolques. Además, como ya informó (/2018/01/comite-seguridad-vial-la-u-e-exige-alemania-mas-controles-policiales-al-transporte/), se le exigió a Alemania que incrementara los controles en carretera.

**El control técnico**

Por su parte la **República Checa, Chipre y Rumania,** tienen que cumplir con las normas de la Unión Europea en lo relativo a los pesos y dimensiones máximo que está permitidos en este tipo de vehículos. El objetivo de la Comisión es introducir el denominado** «Paquete de control técnico» acordado en 2014** y que tiene como misión principal la mejora de **las inspecciones técnicas de los vehículos en Europa** con el fin de incrementar la seguridad vial.

 

Este paquete está compuesto por **tres directivas de la UE** que los Estados miembros tuvieron que transponer antes del **20 de mayo de 2017**. Algo que hasta el momento no ha sucedido, o solo parcialmente, en algunos países, entre los que se encuentran **Alemania, Chipre, Irlanda, República Checa, Eslovaquia y Rumanía.**

**Las directivas de la U.E.**

**Rumanía, Eslovaquia y la República Checa** no han adoptado, publicado ni comunicado a **la Comisión** las medidas nacionales de transposición de los requisitos revisados para las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y remolques [(Directiva 2014/45 / UE).](https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=DOUE-L-2014-80851) Esta directiva se aplica a **los automóviles de pasajeros, camiones, autobuses, motocicletas, tractores y semirremolques**, y determina los puntos a verificar durante la inspección técnica, los métodos de prueba y los defectos y la evaluación de los mismos. La directiva también contiene **requisitos mínimos para las instalaciones de control.**

 

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Por su parte **Chipre, Irlanda y Eslovaquia** hasta el momento no han adoptado, notificado o comunicado a **la Comisión** medidas nacionales de transposición de los requisitos revisados relativos a los documentos de matriculación de vehículos [(Directiva 2014/46 / UE)](https://publications.europa.eu/en/publication-detail/-/publication/d1cf3bdc-cf66-11e3-b682-01aa75ed71a1/language-es). Esta Directiva obliga a los Estados miembros a** establecer registros electrónicos de vehículos con contenido armonizado,** y establece el procedimiento que debe seguirse cuando un vehículo **es rechazado en una inspección técnica periódica**.

 

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En último lugar,** Alemania, Irlanda, Eslovaquia y la República Checa** **no han adoptado**, publicado ni comunicado a **la Comisión** las medidas nacionales de transposición de las normas revisadas de inspección técnica de vehículos comerciales durante mucho tiempo [(Directiva 2014/47 / UE)](https://www.boe.es/doue/2014/127/L00134-00218.pdf). **La Directiva** establece normas comunes para controles técnicos en carretera de camiones, autobuses, tractores y semirremolques. La Comisión envió estas solicitudes en forma de dictamen motivado. Todos los Estados Miembros interesados ahora tienen dos meses para responder; de lo contrario, la Comisión puede impugnarlos ante el **Tribunal de Justicia de la UE.**

Por su parte la Comisión invitó a **Chipre, Rumanía y la República Checa** a notificarle las medidas nacionales de aplicación de las normas europeas revisadas **sobre los pesos y dimensiones máximos autorizados** de los vehículos [(Directiva (UE) 2015/719)](http://www.iurismuga.org/es/bases-de-datos/legislacion/143-legislacion-derecho-europeo/8424-directiva-ue-2015-719-del-parlamento-europeo-y-del-consejo-de-29-de-abril-de-2015-que-modifica-la-directiva-96-53-ce-del-consejo-por-la-que-se-establecen-para-determinad). Estas normas, que se refieren **al tráfico internacional,** desempeñan **un papel importante** en el funcionamiento del mercado interior y la **libre circulación de mercancías en Europa**.

**Los combustibles alternativos**

Esta directiva tiene como objetivo, entre otros, las derogaciones para** camiones pesados con un rendimiento aerodinámico mejorado o que funcionan con combustibles alternativos**. Esto fomenta **el uso de vehículos más limpios**, que pueden **ser más largos o más pesados** que los vehículos convencionales. Los Estados miembros debían transponer esta Directiva a más tardar el 7 de mayo de 2017. **Todos los Estados miembros afectados tienen ahora dos meses** para informar a la Comisión de todas las medidas que han adoptado para garantizar la plena transposición de la Directiva. Si no lo hacen, la Comisión puede remitir estos casos al **Tribunal de Justicia de la U.E**. (Fotos: Archivo Diario de Transporte)
