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title: "Fenadismer solicita al Ministerio de Fomento que España sancione el descanso en cabina"
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url: https://www.diariodetransporte.com/portada/fenadismer-solicita-al-ministerio-fomento-que-espana-sancione-el-descanso-cabina/
date: 2018-01-10
modified: 2025-08-11
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
image: https://www.diariodetransporte.com/wp-content/uploads/2025/08/CONDUCTORESDESCANSOSEMANALCABINA.jpg.png
categories: ["Portada"]
tags: ["Cabina", "conductor", "Descanso", "Fenadismer", "General", "Laboral", "Legislación", "Nacional", "Portada", "Semanal", "Transporte por carretera"]
type: post
lang: es
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# Fenadismer solicita al Ministerio de Fomento que España sancione el descanso en cabina

**Fenadismer solicita al Ministerio de Fomento que cumpla la sentencia del Tribunal Europeo, sancionando a los transportistas que realicen el descanso semanal no reducido a bordo de los camiones**

El objetivo es combatir la situación de abuso social a que se ven sometidos los conductores** “nómadas»**, contratados por **empresas deslocalizadas** para trabajar permanentemente fuera de sus países de residencia.

Como se recordará, el pasado **mes de Diciembre, (/2017/12/tribunal-europeo-justicia-prohibe-los-descansos-semanales-las-cabinas/)**se pronunció acerca de las regulaciones aprobadas en los últimos años en diversos países europeos en las que se sanciona a los conductores profesionales que realicen a bordo del vehículo el descanso semanal normal (esto es, (/2017/12/los-conductores-profesionales-no-pueden-pasar-periodos-descanso-semanal-camiones/)que los conductores deben tomar obligatoriamente **cada dos semanas de conducción**).

**La posición del Gobierno**

En contra de l**a posición defendida por el Gobierno español durante la tramitación del procedimiento judicial**, el Alto Tribunal europeo ha confirmado expresamente la legalidad de dicha medida, amparada en el** Reglamento comunitario 561/2006**, que regula los tiempos de conducción y descanso, ya que como expresamente se señala en la sentencia, dicha normativa tiene por objeto “mejorar las condiciones de trabajo del personal del sector del transporte por carretera, incrementar la seguridad vial y** armonizar las condiciones de competencia del transporte por carretera».**

Así el Tribunal Europeo considera que la citada normativa europea sólo permite tomar en la cabina del camión ***“expresamente los* *periodos de descanso diarios y los periodos de descanso semanales reducidos»* de lo que *“resulta que el conductor no puede efectuar los periodos de descanso semanales normales en el vehículo»* sino *“en un lugar que ofrezca condiciones de alojamiento adaptadas y adecuadas».***

**La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Este es el enlace con la sentencia: (http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=198071&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=425707)**

* *Pero es que además **el Tribunal europeo va más allá al exigir a los Estados miembros** que adopten todas las medidas apropiadas para asegurar **el alcance y eficacia de la legislación europea**. Así, por lo que respecta a la prohibición del descanso en cabina, **el Tribunal europeo recuerda a los Estados miembros** ***“(/2017/06/113-000-euros-en-multas-por-hacer-el-descanso-semanal-en-la-cabina-en-belgica-video/)**y de tomar todas las medidas necesarias para garantizar la aplicación de las sanciones que establezcan».*

**La posición de FENADISMER**

* *Por ello, FENADISMER ha solicitado formalmente al **Ministro de Fomento** que con carácter inmediato cumpla la sentencia del **Tribunal de Justicia de la Unión Europea,** **controlando y sancionando a aquellos transportistas** que realicen el descanso semanal no reducido **a bordo de los camiones**. El objetivo último sería** contribuir a la lucha contra la competencia desleal que ejercen las empresas de transporte deslocalizadas** procedentes de terceros países y que operan en nuestro país, que contratan de forma abusiva mano de obra en **países preferentemente (/2017/10/incautados-21-camiones-en-una-operacion-policial-contra-el-dumping-social/)** para trabajar en una situación social absolutamente precaria como** “conductores nómadas»**, esto es, **trabajando y viviendo** de modo permanente en el camión, **pasando largos períodos del año fuera de sus países de residencia. **(Foto: Archivo Diario de Transporte)

Comunicado de prensa
