El Consejo Europeo aprueba la reforma de la tarificación vial de la euroviñeta

La Comisión Europea aclara la obligación del retorno al país de origen de los camiones cada 8 semanas
Imagen de los camiones con la obligación de retorno al país de origen cada 8 semanas
El Consejo Europeo aprueba la reforma de la tarificación vial de la euroviñeta

Redacción.- El Consejo de la Unión Europea ha dado hoy luz verde a unas normas de tarificación vial (Directiva Euroviñeta) más estrictas y más amplias para incentivar unas operaciones de transporte más limpias y eficientes. La revisión de la normativa prevé un nuevo régimen que aborde las emisiones de CO2 con el fin de reducir la huella de carbono del transporte, en consonancia con el Pacto Verde Europeo y el Acuerdo de París.

Las nuevas normas de tarificación vial y el nuevo régimen para hacer frente a las emisiones de CO2 constituyen un paso importante hacia la consecución de los objetivos climáticos de la UE. Promover el uso de los vehículos más limpios y de más bajo consumo de combustible contribuirá a que el transporte sea más sostenible.

Jernej Vrtovec, ministro de Infraestructuras de Eslovenia, presidente del Consejo

Características principales de las normas revisadas

.- Peajes en función de la distancia y tasas de base temporal (viñetas)

Las viñetas de base temporal se eliminarán gradualmente para los vehículos pesados de la red básica de la RTE-T en un plazo de ocho años a partir de la entrada en vigor de la Directiva. En los casos en que los Estados miembros apliquen un sistema común de viñetas, como el Tratado sobre la Euroviñeta, dispondrán de dos años más para adaptar o eliminar dicho sistema.

Las carreteras a las que afectará la eliminación gradual representan las principales rutas por las que circula la mayor parte del tránsito internacional de vehículos comerciales. Los Estados miembros podrán seguir aplicando viñetas en otras partes de su red.

Se permiten excepciones a la eliminación gradual de las viñetas en casos debidamente justificados, por ejemplo, en zonas de baja densidad de población o cuando el distintivo se aplique a un tramo concreto de una carretera, previa notificación a la Comisión.

Los Estados miembros también tendrán la opción de establecer un sistema de tarificación combinado para los vehículos pesados, o para determinados tipos de vehículos pesados, que podrá reunir elementos basados en la distancia y elementos de base temporal e integrar las dos herramientas de diferenciación (la nueva, que se basa en las emisiones de CO2 y la ya existente, basada en las categorías EURO). Este sistema permitirá la plena aplicación de los principios del usuario-pagador y de «quien contamina paga» y ofrecerá a los Estados miembros la flexibilidad necesaria para diseñar sus propios sistemas de tarificación vial.

No obstante, como principio básico de la tarificación vial, los Estados miembros conservan la libertad de aplicar peajes y tasas por utilización a diferentes categorías de vehículos, como los vehículos pesados, los vehículos pesados de transporte de mercancías, los autocares y autobuses, los vehículos ligeros, los vehículos comerciales ligeros, los minibuses y los turismos, con independencia uno de otro. Por ejemplo, los Estados miembros podrán decidir no aplicar ninguna tasa a los autobuses.

Con arreglo a las normas sobre los períodos de validez de las viñetas, deberá haber viñetas con un período de validez de un día y de una semana o diez días, o ambos períodos. No obstante, los Estados miembros podrán disponer que la viñeta diaria únicamente pueda utilizarse a efectos de tránsito.

.- Ecologización de la tarificación vial

Se establecerá un nuevo instrumento a escala de la UE para que las tasas de infraestructura y las tasas para los vehículos pesados varíen en función de las emisiones de CO2. La diferenciación se basará en las normas vigentes sobre emisiones de CO2.

En un primer momento, el régimen solo se aplicará a los camiones más grandes, pero se ampliará gradualmente a otros tipos de vehículos pesados y podrá adaptarse periódicamente a los avances tecnológicos.

El texto incluye garantías para que los vehículos híbridos no sean recompensados dos veces y para evitar cualquier posible solapamiento de la diferenciación basada en las emisiones de CO2 con otros instrumentos de tarificación del carbono.

La diferenciación de los peajes o las tasas en función de la eficacia medioambiental se aplicará a las furgonetas y a los minibuses a partir de 2026, cuando sea técnicamente viable.

.- Tasa por costes externos

La tarificación de los costes externos por contaminación atmosférica será obligatoria para los vehículos pesados tras un período de transición de cuatro años, en el que se aplicarán peajes. No obstante, los Estados miembros podrán no aplicar esta tasa, previa notificación a la Comisión, si diera lugar a una desviación del tráfico que tuviera consecuencias negativas no deseadas. En todo caso, esta tarificación obligatoria se entiende sin perjuicio de la decisión de los Estados miembros de aplicar, en cualquier caso, una tasa por costes externos por las emisiones de CO2.

.- Tarificación opcional

Los Estados miembros utilizarán los ingresos generados por las tasas opcionales por congestión, o su equivalente en valor financiero, para solucionar problemas relacionados con la congestión, o para desarrollar un transporte y una movilidad sostenibles en general. La normativa establece en qué condiciones se considera satisfecha esta obligación si los ingresos en cuestión se asignan al presupuesto general.

Además, las nuevas normas permitirán a los Estados miembros aplicar un recargo mayor (de hasta el 50 %) a la tasa por infraestructura exigida en determinados tramos de carretera con una congestión elevada, si todos los Estados miembros afectados están de acuerdo.

.- Exenciones

La Directiva prevé una serie de exenciones a las normas de tarificación, por ejemplo, en relación con los contratos de concesión existentes, las personas con discapacidad y las zonas poco pobladas.

Procedimiento y siguientes etapas

La votación de hoy supone que el Consejo ha adoptado su posición en primera lectura. Ahora el Parlamento Europeo debe adoptar el acto jurídico en segunda lectura, antes de su publicación en el Diario Oficial de la UE.

Antes de su adopción hoy por el Consejo, los negociadores del Consejo y del Parlamento Europeo habían alcanzado un acuerdo político sobre la propuesta el 15 de junio de 2021. El Comité de Representantes Permanentes del Consejo (Coreper) confirmó el acuerdo el 30 de junio de 2021.

La Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación. Los Estados miembros dispondrán de dos años a partir de la entrada en vigor de la Directiva para incorporarla a su Derecho interno.

Contexto: normativa sobre tarificación vial en la UE

La tarificación vial en la UE es competencia nacional, y los Estados miembros pueden decidir imponerla o no en su territorio. Sin embargo, en caso de que opten por cobrar tasas, deben seguir una serie de normas comunes establecidas en la Directiva del Eurodistintivo. El objetivo es impedir que la tarificación vial suponga una discriminación contra el tráfico internacional o dé lugar a distorsiones de la competencia entre operadores de transporte.

La Comisión presentó la propuesta de revisión de la Directiva del Eurodistintivo en mayo de 2017, en el marco del primer conjunto de medidas sobre movilidad.

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