Guía Técnica: ¿Cumple mi camión los requisitos para las 44 toneladas?

¿Puede mi camión actual cargar de inmediato este tonelaje? ¿Qué requisitos técnicos debe certificar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV)?

¿Puede mi camión actual cargar de inmediato este tonelaje? ¿Qué requisitos técnicos debe certificar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV)?

La implantación de las 44 toneladas de Masa Máxima Admisible (MMA) es ya una realidad en nuestro país. Sin embargo, la transición del papel a la carretera genera dudas lógicas entre los profesionales:

¿Puede mi camión actual cargar de inmediato este tonelaje? ¿Qué requisitos técnicos debe certificar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV)? A continuación, desglosamos de manera sencilla los puntos críticos que debe revisar en las fichas técnicas de su cabeza tractora y semirremolque para comprobar si su flota cumple con los requisitos para las 44 Toneladas.

1. Lista de comprobación en la Cabeza Tractora

Antes de planificar la carga o acudir a su estación de ITV habitual, verifique los siguientes apartados en el documento de la tractora:

.- Apartado F.3 (Masa Máxima Técnica Admisible – MMTA del conjunto): Debe ser obligatoriamente mayor o igual a 44.000 kg (44 Tm). Este valor lo determina el fabricante y marca el límite técnico real de arrastre del vehículo.

.- Apartado F.1.1 o F.2.1 vinculado al Eje Motriz: La capacidad técnicamente admisible del eje de tracción debe ser mayor o igual a 12.000 kg (12 Tm).

.- La regla del 25% de tracción: Por normativa legal, debe garantizarse en todo momento que la masa soportada por el eje o ejes motrices no sea inferior al 25% de la masa total en carga del conjunto. Esto es vital para asegurar la adherencia y seguridad vial del vehículo.

2. Lista de comprobación en el Semirremolque

El cuello de botella de la reforma suele encontrarse en las plataformas. Revise detenidamente el tridem de su semirremolque:

.-Apartado F.1.1 (MMTA de los ejes): Cada uno de los tres ejes debe contar con un valor de 9 Tm (9.000 kg).

.-  ¿Qué pasa si mis ejes son de 8 Tm? Si la ficha técnica limita la capacidad técnica a 8 Tm por eje, el conjunto no podrá optar a las 44 toneladas y quedará limitado a un máximo de 42 Tm de MMA. En este caso, para subir a 44 Tm sería necesario contactar con el fabricante para comprobar si la estructura física soporta técnicamente el incremento y emitir un informe de conformidad para realizar una reforma.

.-  Neumáticos: Compruebe que el código del índice de carga (IC) marcado en el flanco de sus neumáticos es equivalente o superior al peso legal por rueda requerido para soportar la MMA por eje.

3. Los dos supuestos simplificados de flota

Tras analizar las configuraciones habituales del transporte, la normativa define estos dos escenarios básicos para agilizar la comprobación en base a los valores reflejados en las fichas técnicas:

Supuesto A: Autorizado hasta 42 Toneladas

Su vehículo se encuadra en este límite si cumple los siguientes mínimos:

.- Ficha técnica de la Tractora: Apartado F.3 \ ge 42 y apartado $F.2.1 \ ge 11,5

.- Ficha técnica del Semirremolque: Apartado F.2.1 \ ge 8 por eje.

Supuesto B: Autorizado hasta 44 Toneladas

Su vehículo cumple el estándar completo para la máxima capacidad si certifica:

.- Ficha técnica de la Tractora: Apartado F.3 \ ge 44 y apartado F.2.1 \ ge 12.

.- Ficha técnica del Semirremolque: Apartado F.2.1 \ ge 9 por eje.

4. Respuestas rápidas a pie de cabina

¿Puedo cargar 44 Tm si mi ficha técnica todavía marca 40.000 kg en el apartado F.3.1?

SÍ, siempre y cuando el apartado técnico F.3 (MMTA) de la tractora ya refleje una cifra igual o superior a las 44 Tm y los ejes del semirremolque cumplan con las 9 Tm. La ley permite circular bajo estas condiciones técnicas previas. No obstante, la regularización administrativa (cambiar el apartado F.3.1 a 44.000 kg) se formalizará de manera obligatoria a petición del titular durante la primera inspección periódica de ITV que le toque pasar al vehículo.

¿Qué margen de báscula tengo antes de ser sancionado?

De acuerdo con el régimen sancionador vigente de la LOTT y el ROTT, existe un margen de tolerancia del 2,5% sobre la MMA total del conjunto en el que no se impondrán sanciones por exceso de peso. Traducido a cifras reales para un camión autorizado a 44 Tm, el límite real para no sufrir una infracción leve se sitúa en las 45,1 Tm. En el caso de conjuntos limitados a 42 Tm, el tope sin sanción es de 43,05 Tm.

Nota: Recuerde que la orden de inmovilización inmediata del vehículo en carretera se activa en el momento que se incurre en una infracción grave, lo cual sucede al superar el 5% de la MMA autorizada.

Fuente: ASETRA Asturias

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