Más de 70.000 expedientes al año por tiempos de conducción: la infracción más frecuente del transporte

En 2023 la Inspección abrió 166.540 expedientes en total, por encima de los 151.959 de 2022, y resolvió infracciones por un importe recaudado de 90,1 millones de euros.

En 2023 la Inspección abrió 166.540 expedientes en total, por encima de los 151.959 de 2022, y resolvió infracciones por un importe recaudado de 90,1 millones de euros.

Tachobase.- Cuando el Ministerio de Transportes presenta al Comité Nacional del Transporte Terrestre los resultados del Plan Nacional de Inspección, hay una categoría que se repite arriba del todo año tras año: los tiempos de conducción y descanso.

En 2023, los últimos resultados publicados, la Inspección abrió 71.030 expedientes por esta causa. En 2022 fueron 73.336. Las dos veces, la infracción más habitual del sector.

Para situarlo: en 2023 la Inspección abrió 166.540 expedientes en total, por encima de los 151.959 de 2022, y resolvió infracciones por un importe recaudado de 90,1 millones de euros. Dentro de ese total, los tiempos de conducción mandan.

Qué significa leve, grave o muy grave

De los 71.030 expedientes de tiempos de conducción de 2023, el 74% fueron leves. El 26% restante se reparte entre graves y muy graves, y el desglose exacto entre esas dos categorías no se publica. La distinción marca el importe de la multa.

Las sanciones de transporte no las fija el Reglamento 561/2006, que es el que define los tiempos, sino el baremo de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). Su escalera, en el artículo 143, va así: las leves se multan de 100 a 400 euros; las graves, de 401 a 1.000; las muy graves, de 1.001 a 4.000 de base, con tramos agravados que pueden llegar más arriba. Una sola muy grave de tacógrafo puede acercarse a los 4.000 euros.

De ahí que el riesgo real de una flota no suela ser una multa enorme aislada, sino la suma de muchas leves que se repiten mes tras mes sobre los mismos conductores y las mismas rutas, hasta convertirse en una cifra seria a final de año.

Cuántos le tocan a una flota media

Con los datos públicos se puede hacer la cuenta, y conviene hacerla con cuidado. El punto de partida son dos cifras oficiales. La primera: en España hay 474.983 vehículos obligados a llevar tacógrafo, según el Plan de Inspección de Transporte por Carretera 2024 del propio Ministerio. La segunda: la Directiva 2006/22/CE obliga a controlar al menos el 3% de las jornadas de trabajo, y la media europea real de los últimos años ronda el 4,7%. El control es sistemático y va en aumento.

Sobre ese parque, los 71.030 expedientes de tiempos de conducción de 2023 salen, de media, a algo menos de 0,15 expedientes por vehículo obligado al año. Dicho al revés: a un camión concreto le corresponde, en promedio, del orden de un expediente cada seis o siete años.

Ahora la cuenta que importa a un gestor de flota. Multiplicado por 20 vehículos, ese promedio da del orden de 3 expedientes al año en una flota mediana. Para una de 30, alrededor de 4 o 5.

Aquí van las cautelas, que son parte del dato. Es un promedio, no una cuota: los expedientes no se reparten limpiamente uno por empresa, sino que se abren en los controles, contra los vehículos y conductores que pasan por ellos, y las flotas grandes concentran controles y tiran de la media hacia arriba. Además, ese parque de 474.983 vehículos incluye también vehículos de viajeros, así que la tasa real por camión de mercancías es algo mayor que ese 0,15. Con esas salvedades, el orden de magnitud se sostiene: una flota mediana debe contar con varios expedientes de tiempos de conducción al año, la mayoría leves.

Qué se puede hacer antes de la inspección

Casi todo lo que la Inspección detecta en los tiempos de conducción está ya escrito en los ficheros de la tarjeta del conductor: los excesos de conducción, las pausas que faltan, los descansos cortos. Son los mismos ficheros que la empresa descarga y guarda por obligación. La diferencia entre un archivo que aguanta un control y uno que se convierte en sanción suele estar en revisarlos con regularidad, ver qué infracción del 561 aparece y corregir lo que se repite antes de la siguiente, en lugar de descubrirlo el día del requerimiento.

Es leer a tiempo lo que ya se está descargando; no hace falta hardware nuevo ni ninguna novedad normativa. Para una flota mediana, con varios expedientes probables al año, ese hábito es lo que separa un mal rato en la inspección de una multa.

Fuentes

– Resultados del Plan Nacional de Inspección de Transporte por Carretera 2023, presentados por el Ministerio de Transportes al Comité Nacional del Transporte Terrestre (71.030 expedientes de tiempos de conducción; 166.540 totales; 74% leves; 90,1 millones recaudados; 73.336 en 2022). Datos oficiales recogidos por Fenadismer y Cadena de Suministro.
– Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), Ley 16/1987, texto consolidado, artículo 143 (escalera de sanciones: leves 100-400 euros, graves 401-1.000, muy graves 1.001-4.000 de base). Texto en el BOE.
– Reglamento (CE) 561/2006 (define los tiempos de conducción y descanso, cuya infracción sanciona el baremo de la LOTT). Texto en EUR-Lex.
– Plan de Inspección de Transporte por Carretera 2024, Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (474.983 vehículos obligados a llevar tacógrafo; control mínimo del 3% de las jornadas según la Directiva 2006/22/CE).
– Guía de referencia con los límites de tiempos de conducción, pausas y descansos del 561/2006: https://tachobase.com/guia/tiempos-conduccion-descanso-561

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