La empresa de transportes estadounidense Central Transport, con sede en Warren, Michigan, ha llegado a un acuerdo extrajudicial con la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de Estados Unidos (EEOC) y pagará 5,5 millones de dólares (4,7 millones de euros aprox.) para resolver una demanda judicial por discriminación sexual al negarse sistemáticamente a la contratación de camioneras a nivel nacional.
Según la demanda de la EEOC, Central Transport rechazó repetidamente a candidatas formadas para el puesto de conductora de camión al menos durante los últimos diez años. En su lugar, la empresa seleccionaba a conductores varones, muchos de los cuales eran contratados a pesar de tener menos preparación o experiencia. Numerosas candidatas denunciaron que el personal de la empresa en todo el país las sometía a procedimientos de contratación diferentes a los utilizados para los candidatos varones.
Además, varias mujeres que solicitaban empleo como conductoras vieron como Central Transport tiraba sus solicitudes a la basura en las terminales de camiones locales. Algunas terminales de la compañía, como las de Phoenix y El Paso, no contrataron a ninguna camionera durante varios años a pesar de tener numerosas solicitudes.
En la demanda presentada se detallan testimonios concretos como el de una camionera con 15 años de experiencia, cuyo currículum fue ignorado por la terminal de Phoenix, y fue contratado un hombre que no cumplía con los requisitos mínimos de la empresa. La denuncia también menciona a una demandante de empleo en Detroit, una camionera llamada Marona Biddles, quien afirmó que ella y un primo presentaron juntos las solicitudes para trabajar en Central Transport en 2016, pero solo su solicitud fue desechada.
Biddles declaró que ella y su primo, al darse cuenta de que ambos habían olvidado incluir información importante en sus solicitudes, regresaron unos minutos después a la oficina. Un empleado de la empresa encontró rápidamente la solicitud del primo, pero tuvo dificultades para encontrar la de ella, siendo recuperada de la papelera. Según la denuncia, Central Transport contrató posteriormente al primo de Biddles como camionero, pero a ella nunca se le ofreció una entrevista a pesar de que cumplía con los requisitos para el puesto.
En cuanto a los procedimientos internos, según la demanda, un coordinador de la terminal de camiones de Dunbar, Virginia Occidental, afirmó a una demandante de empleo que las oficinas centrales le habían dado instrucciones de no contratar a ninguna mujer conductora.
Central Transport es una empresa de transporte de mercancías por carretera que opera más de doscientas terminales regionales y locales en todo Estados Unidos. Forma parte de un extenso imperio imperio logístico de la familia Moroun, que también es propietaria del puente Ambassador que conecta Detroit con Windsor (Ontario, Canadá), el cruce terrestre comercial más transitado de América del Norte.
Durante la investigación de la EEOC, la agencia recibió denuncias de discriminación por motivos de sexo en los siguientes lugares: Atlanta, Georgia; Bartlett, Tennessee; Blue Springs, Missouri; Cheboygan, Michigan; Chicago, Illinois; Detroit, Michigan; Dunbar, Virginia Occidental; Horn Lake, Mississippi; Memphis, Tennessee; North Jackson, Ohio; Phoenix, Arizona; Portland, Oregón; y Springfield, Illinois.
La presunta práctica de contratación de la empresa violó el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 y el Título I de la Ley de Derechos Civiles de 1991 al discriminar intencionalmente a las conductoras de camiones y no contratarlas por razón de su sexo. La EEOC presentó una demanda ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Arizona, tras intentar previamente llegar a un acuerdo mediante un proceso de conciliación administrativa.
«Lamentablemente, la discriminación sexual en la contratación sigue siendo un problema en algunos sectores«, declaró Mary Jo O’Neill, abogada regional de la Oficina del Distrito de Phoenix de la EEOC . «Es ilegal que los empresarios se nieguen a contratar mujeres por razón de su sexo. Agradecemos la disposición de Central Transport para resolver este caso mediante un acuerdo extrajudicial. Esperamos que, gracias a este decreto de consentimiento, los esfuerzos de Central Transport den como resultado un proceso de contratación libre de discriminación sexual«.
El acuerdo firmado por Central Transport, la EEOC y el juez federal de Arizona John J. Tuchi, obliga a Central Transport a pagar 5.500.000 dólares a las cuatro demandantes principales y a un grupo de otras conductoras de camiones cualificadas que solicitaron empleo pero no fueron contratadas. Además de la compensación económica, el acuerdo exige a la empresa que permita a las solicitantes afectadas presentarse a los puestos de trabajo y participar en los procesos de selección y contratación de la empresa sin discriminación por motivos de sexo ni represalias por participar en la demanda.
Central Transport ha acordado contratar a un consultor externo para revisar sus políticas, prácticas y procedimientos de contratación, a fin de garantizar el pleno cumplimiento del Título VII. Además, la empresa impartirá capacitación sobre sus políticas antidiscriminación, incluyendo formación sobre sus obligaciones de registro y la presentación de informes EEO-1 (informe que se presenta ante la EEOC que recopila datos sobre la fuerza laboral de empleadores con más de 100 empleados en los Estados Unidos), según lo exige la ley vigente. Central Transport también designará a un supervisor para revisar y verificar la implementación de los términos del acuerdo e informar sobre su cumplimiento a la EEOC.
La directora del distrito de Phoenix de la EEOC, Melinda Caraballo, afirmó: «Las trabajadoras formadas deben tener las mismas oportunidades que los hombres para competir por un puesto. Asimismo, recordamos a los empleadores que deben conservar las solicitudes de empleo y los registros de contratación, especialmente cuando hayan recibido denuncias por discriminación. La EEOC está comprometida con la defensa de los derechos de todos los trabajadores cualificados, incluidas las mujeres».




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