El Gobierno de Rumanía ha tomando medidas para frenar una práctica común en el transporte de mercancías por carretera, responsabilizando a los camioneros, por lo que no pueden ser obligados a que realicen trabajos de carga y descarga de los camiones.
Para ello ha aprobado una ley que entrará en vigor el próximo 24 de julio de este año 2026, que será de cumplimiento obligatorio para el transporte de mercancías por carretera en los camiones que tengan un peso bruto máximo de 12,5 toneladas.
A continuación publicamos el contenido de la nueva ley rumana Nº 100/2026, que tiene como objetivo principal separar el transporte de mercancías por carretera en camiones de más de 12,5 toneladas de masa máxima, de la manipulación de la mercancía por parte de los camioneros transportistas autónomo.
El Parlamento de Rumanía aprueba esta ley.
.- Artículo 1
Esta ley tiene por objeto regular las obligaciones relativas a la realización de actividades de carga y descarga de mercancías, soportes o embalajes transportados por carretera a cambio de una tarifa con vehículos cuya masa máxima autorizada supere las 12,5 toneladas, así como establecer las responsabilidades de los transportistas, proveedores, beneficiarios e intermediarios del transporte por carretera con respecto a estas actividades.
.- Artículo 2(1)
Los conductores de vehículos de transporte por carretera de pago o remuneración con vehículos cuya masa máxima autorizada supere las 12,5 toneladas no podrán ser obligados por el beneficiario del transporte, el proveedor de las mercancías, los intermediarios o sus representantes a realizar operaciones de descarga o carga de las mercancías, soportes o embalajes.
(2) Como excepción al párrafo (1) , los conductores de vehículos de transporte por carretera de pago o remuneración con vehículos cuya masa máxima autorizada supere las 12,5 toneladas podrán realizar operaciones de descarga, exclusivamente en el caso de transporte especializado, cuando la naturaleza del transporte así lo requiera y los contratos de trabajo o documentos adicionales al mismo, celebrados con su propio empleador, prevean esta posibilidad.
.- Artículo 3(1)
Las cláusulas contractuales asumidas por el transportista en la relación con el beneficiario del transporte, el proveedor de las mercancías, los intermediarios o sus representantes, por las cuales los conductores empleados por él estarían obligados a descargar o cargar mercancías, soportes o embalajes, fuera de las situaciones previstas en el art. 2 párrafo (2) , son nulas y sin efecto.(2)
Como excepción a lo dispuesto en el párrafo (1) , no constituirá una infracción si el conductor expresa su consentimiento expreso, por escrito, para realizar operaciones de carga o descarga, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo n.º 319/2006 , en su versión modificada y complementada.
.- Artículo 4(1)
La violación de las disposiciones del art. 2 párrafo (1) constituye una infracción y se sanciona con una multa de 5.000 lei a 20.000 lei aplicada al beneficiario del transporte, al proveedor de las mercancías o a los intermediarios, según sea el caso.(2)
La violación de las disposiciones del art. 3 párrafo (1) constituye una infracción y se sanciona con una multa de 10.000 lei (1.910 euros aprox.) a 20.000 lei (3.820 euros aprox.) aplicada al transportista.
.- Artículo 5(1)
La detección de infracciones y la aplicación de las sanciones previstas en el art. 4 son llevadas a cabo por el personal autorizado de la Inspección del Trabajo, a través de las inspecciones territoriales del trabajo, y por el personal de la ISCTR.(2) En el ejercicio de las funciones previstas en el párrafo (1) , los inspectores de trabajo y el personal de la ISCTR podrán solicitar documentos justificativos sobre la realización del transporte y podrán realizar controles en el domicilio social de los operadores de transporte, así como en los lugares de carga o descarga de mercancías, respectivamente, en los proveedores, beneficiarios o intermediarios.
.- Artículo 6
En un plazo de 60 días a partir de la publicación de la ley en la Gaceta Oficial de Rumania, Parte I, el Ministerio de Trabajo, Familia, Juventud y Solidaridad Social y el Ministerio de Transportes e Infraestructuras deberán elaborar las normas metodológicas para la aplicación de la ley.
.- Artículo 7
Esta ley entrará en vigor 30 días después de su publicación en la Gaceta Oficial de Rumania, Parte I.Esta ley fue adoptada por el Parlamento rumano, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 75 y 76, párrafo (2), de la Constitución de Rumania, republicada .


Añadir Diario de Transporte en Google


Se eliminarán los comentarios que contengan insultos o palabras malsonantes.