En una nueva sentencia, el Tribunal de Distrito de Ámsterdam no sólo rechazó el argumento de los fabricantes de que las reclamaciones habían prescrito, sino que, por primera vez, ofreció una estimación mucho más precisa del daño probable causado por el pacto entre los fabricantes sobre el precio de los camiones, señalando un sobreprecio medio de alrededor del 7 % en la compra de camiones.
La organización Cartel Damage Claims (CDC) presentó una demanda ante el Tribunal de Distrito de Ámsterdam en nombre de más de 1000 compradores de camiones contra los fabricantes DAF, MAN, Volvo-Renault, Daimler, CNH/Iveco y Scania. CDC reclama una indemnización por los daños y perjuicios derivados de la formación del cártel. En una sentencia interlocutoria, el tribunal dictaminó que el cártel provocó un aumento en los precios de los camiones. ç
El tribunal determinó que el sobreprecio (el porcentaje de sobreventa) es del 7 % y que el efecto del cártel se prolongó durante casi tres años.
El 19 de julio de 2016, la Comisión Europea multó a varios fabricantes de camiones medianos y pesados por formar un cártel. Según la Comisión, los fabricantes intercambiaron información sobre precios de lista brutos y la repercusión de los costes derivados del cumplimiento de normas de emisiones más estrictas durante 14 años, en violación de la prohibición de cárteles.
Posteriormente, compradores de camiones (ya sea mediante compra o arrendamiento) iniciaron demandas por daños y perjuicios en toda Europa, alegando haber pagado un precio excesivo por los camiones como consecuencia del cártel. En este caso, CDC (Cartel Damage Claims) presentó una demanda en nombre de más de 1000 compradores contra los fabricantes de camiones DAF, MAN, Volvo-Renault, Daimler, CNH/Iveco y Scania. DAF y CNH/Iveco llegaron a un acuerdo extrajudicial con CDC.
Tras la vista oral celebrada los días 18 y 19 de noviembre de 2025, el tribunal se pronuncia sobre varias cuestiones en esta sentencia interlocutoria.
Precio superior como resultado del cártel
El tribunal fija la prima sobre un camión resultante del cártel de camiones (el porcentaje de sobreprecio) en un 7 %. Para determinar la prima, es habitual comparar los precios efectivamente pagados (en el marco del cártel) con los precios en la situación hipotética en la que se ignora el efecto de la infracción de la ley de competencia (los precios de no ser por dicha infracción). Esta situación hipotética solo puede determinarse de forma aproximada. En la práctica, esto se realiza mediante un análisis de regresión.
El tribunal toma como punto de partida el análisis de regresión realizado por los expertos de CDC. Según el tribunal, el conjunto de datos de CDC utilizado por los expertos es suficientemente representativo del análisis realizado. Los expertos de CDC concluyen que las consecuencias del cártel se prolongaron durante casi tres años, desde el 28 de junio de 2010 hasta el 30 de mayo de 2013. El tribunal adopta esta conclusión.
Valor comercial
El tribunal dictamina que el precio de compra real pagado por los clientes y las cuotas de arrendamiento calculadas por CDC son el punto de partida para el cálculo del valor comercial basado en el precio real.
Daños por emisiones no atribuibles
Según la CDC, los fabricantes de camiones también llegaron a acuerdos sobre la introducción de nuevas tecnologías de emisiones, lo que provocó que posteriormente entraran al mercado camiones que cumplían con las últimas normas (europeas). Supuestamente, esto también causó daños. El tribunal dictaminó que la CDC no había demostrado suficientemente que se hubieran producido daños por emisiones.
Procedimiento adicional
Los fabricantes de camiones alegan que los compradores han repercutido los costes adicionales a sus clientes. Este debate aún debe continuar. El tribunal ha dictaminado sobre el número de transacciones de camiones por las que CDC puede reclamar daños y perjuicios en este caso (volumen de comercio) y sobre los precios/cuotas de arrendamiento pagados por los compradores (valor del comercio). Las partes podrán comentar las implicaciones de esto para el caso. Todavía no se ha fijado una nueva fecha para la audiencia.






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